Radio San Sebastián: KONTSUMOBIDE RECOMIENDA PRUDENCIA AL COMPRAR PRODUCTOS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL
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KONTSUMOBIDE RECOMIENDA PRUDENCIA AL COMPRAR PRODUCTOS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL


Kontsumobide (Instituto Vasco de Consumo) ha tenido conocimiento de que se están ofertando productos relacionados con el descanso y la salud en diversos hoteles de Euskadi, por lo que hace una llamada a extremar la prudencia y la precaución a la hora de adquirir productos utilizando esta modalidad comercial
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Miércoles 30 de enero de 2013 | IREKIA
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Kontsumobide recuerda algunos consejos básicos antes de adquirir cualquier tipo de producto por esta vía.

Consejos Generales

O Ser crítico y no dejarse arrastrar por reclamos publicitarios.
O Asegurarse de la identidad de la persona que está intentando vender el producto. Comprobar que realmente trabaja en la empresa a la que dice representar.
O Evitar la presión comercial. No firmar ningún contrato sin la debida reflexión.
O Antes de firmar un contrato, leerlo con tranquilidad.
O Desconfiar de un contrato en el que sólo consta como dirección postal un apartado de correos.
O Desconfiar de productos milagro que prometen remedios para cualquier mal de la salud.
O Actuar de forma crítica y razonada frente a la publicidad relativa a "productos milagro".
O Preguntar e informarse sobre la posibilidad de cambiar el producto. De no hacerlo, puede que el mismo sólo pueda ser devuelto en el caso de que resulte defectuoso.
O Guardar todos los justificantes de pago. Son necesarios para la aplicación de la garantía del producto o servicio adquirido, y también para realizar cualquier futura reclamación.
O Recuerde: la publicidad siempre es vinculante y, por tanto, es conveniente guardar siempre el documento publicitario, ya que puede servir como prueba ante posibles incumplimientos.


Documento de desistimiento

O Es importante saber que, además de una copia del contrato, deben entregar el llamado documento de desistimiento. Se trata de un documento para dejar sin efecto el contrato suscrito, en el que conste expresamente el derecho a desistir del contrato, los requisitos y las consecuencias de su ejercicio. Dicho documento también ha de ser fechado y firmado por la persona consumidora.
O El plazo para hacer valer el derecho de desistimiento es de siete días naturales a partir del momento en que la persona consumidora reciba el producto; durante ese plazo podrá devolver el producto y recuperar la cantidad pagada.
O Si se desiste del contrato, la parte vendedora deberá devolver la suma de dinero aportada en el plazo máximo de 30 días, sin gastos. Si la empresa excediera dicho plazo, se le podría reclamar el doble.
O Si el contrato ha sido financiado con un crédito y el desistimiento se hace dentro del plazo establecido con anterioridad, el contrato de financiación quedará rescindido automáticamente sin penalización.
O La persona consumidora deberá acreditar el ejercicio del derecho de desistimiento; por ejemplo, mediante burofax.
Se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.
O Ejercitar el derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para la persona consumidora. A estos efectos, se considerará lugar de cumplimiento aquel donde ésta haya recibido la prestación.

Los gastos de devolución del producto correrán a cargo de la persona consumidora sólo cuando haya sido informada en tal sentido y así conste en el contrato.
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