Podrán hacerlo online, por teléfono o presencialmente en las oficias de Udalinfo y Recaudación Municipal
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Lunes 27 de mayo de 2013 | MAILEN ESCRIBANO
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El Ayuntamiento de Donostia ha iniciado el proceso de información para los casos de viviendas susceptibles de pagar el 50% del IBI por estar, supuestamente, vacías. Una medida fiscal que han aplicado algunos ayuntamientos guipuzcoanos tras la decisión de Hacienda de cambiar la normativa para gravar al contribuyente, propietario de aquellas casas no consideradas residencia habitual.
Los donostiarras que deseen consultar si su vivienda es susceptible de este recargo podrán hacerlo a través de la web www.donostia.org, llamando al teléfono 010 o acudiendo a las oficinas de Udalinfo o de Recaudación Municipal.
La fecha límite para presentar la documentación que acredite que el domicilio no está vacío será el 20 de junio. Será a partir de ese día cuando una vez eliminadas aquellas viviendas en las que se demuestre que están habitadas, el Ayuntamiento procederá al envío de una notificación con acuse de recibo, informando a los afectados de que su piso está en el padrón provisional.
Aquellos que quieran presentar alegaciones, por su parte, contarán con un periodo de un mes para hacerlo. Además, en caso de haber presentado un recurso antes instancias jurisdiccionales, la aplicación del recurso sólo afectará a este recargo, ya que el cobro del impuesto habitual sigue el procedimiento de todos los años.
Los donostiarras que deseen consultar si su vivienda es susceptible de este recargo podrán hacerlo a través de la web www.donostia.org, llamando al teléfono 010 o acudiendo a las oficinas de Udalinfo o de Recaudación Municipal.
La fecha límite para presentar la documentación que acredite que el domicilio no está vacío será el 20 de junio. Será a partir de ese día cuando una vez eliminadas aquellas viviendas en las que se demuestre que están habitadas, el Ayuntamiento procederá al envío de una notificación con acuse de recibo, informando a los afectados de que su piso está en el padrón provisional.
Aquellos que quieran presentar alegaciones, por su parte, contarán con un periodo de un mes para hacerlo. Además, en caso de haber presentado un recurso antes instancias jurisdiccionales, la aplicación del recurso sólo afectará a este recargo, ya que el cobro del impuesto habitual sigue el procedimiento de todos los años.
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