Radio San Sebastián: La Dirección de Tráfico del Gobierno vasco exige a Madrid respeto a su ámbito competencial en la modificación del Reglamento General de Circulación
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La Dirección de Tráfico del Gobierno vasco exige a Madrid respeto a su ámbito competencial en la modificación del Reglamento General de Circulación

El Departamento de Seguridad ha respondido al Consejo Superior de Seguridad Vial con las modificaciones al borrador
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Miércoles 20 de marzo de 2013 | IREKIA
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La Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco remitió el pasado viernes, al Consejo Superior de Seguridad Vial una serie de observaciones al Proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación que está preparando el Gobierno español.

En dicho documento, el Gobierno vasco expresó su malestar por el procedimiento seguido y el plazo establecido para la presentación de las observaciones, así como, su exigencia de que en el nuevo Reglamento sean respetadas las competencias propias de la Administración vasca. Desde la Dirección de Tráfico del Ejecutivo vasco se han hecho observaciones a los cambios propuestos en el borrador del Reglamento para que se tengan en cuenta antes de su aprobación en el Consejo de Ministros. Entre los temas más importantes destacan el uso obligatorio del casco, en recorridos urbanos, para ciclistas y el aumento del límite de velocidad a 130 Km./hr.

Obligatoriedad del casco en ciudad, decisión de cada Ayuntamiento

Sobre el uso obligatorio del casco para ciclistas en ámbito urbano, el Gobierno vasco solicita respetar las decisiones de cada Ayuntamiento, que a través de las ordenanzas municipales puedan establecer los criterios de utilización. La Dirección de Tráfico considera que cada gobierno municipal es quien mejor conoce las posibilidades que sus calles ofrecen y sabe qué es más conveniente para conjugar la defensa de la movilidad sostenible con las medidas de seguridad vial. En los municipios que no tuvieran ordenanza al respecto si se considerará obligatorio el uso del casco para ciclistas.

Límites de velocidad variable en autopistas sólo por razones de meteorología adversa

Sobre el apartado relativo al aumento de velocidad en autopistas y autovías, con carácter temporal, a 130 Km./h, la Dirección de Tráfico del Gobierno vasco entiende que las vías tienen que tener la limitación genérica máxima que, en su caso, puedan verse modificadas a la baja. Sólo las condiciones meteorológicas adversas pueden hacer variar la velocidad por la que se debe circular por una carretera y siempre deberá ser a la baja, por lo que se propone que el borrador acepte una limitación genérica para autovías y autopistas y que "cuando existan condiciones meteorológicas que determinen la necesidad de rebajar la velocidad máxima, se rebajará la misma atendiendo a lo dispuesto en los paneles de señalización variable".

En este sentido, y atendiendo a la orografía y a la climatología de Euskadi, la Dirección de Tráfico no entiende necesaria una modificación en los límites de velocidad como los que se proponen en el Proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación.

Defensa de las competencias sobre vigilancia de pruebas deportivas

Referente a la autorización y vigilancia de pruebas deportivas con itinerarios que discurren en parte por la Comunidad Autónoma Vasca y en parte por territorios limítrofes con Euskadi, la Dirección de Tráfico del Gobierno vasco ha dejado constancia de que aun cuando la competencia administrativa de autorizar determinadas carreras sean estatal, corresponden al Gobierno Vasco las facultades de vigilancia y control sobre las pruebas en el trayecto que discurran por territorio vasco. Solicita por ello añadir un anexo al borrador del Reglamento en el que se especifique que el órgano que deba expedir la autorización deberá solicitar siempre un informe vinculante a la Dirección de Tráfico del Gobierno vasco.
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